Primera división AUF: hay obligación de permitir público visitante
Luego de que surgieran dudas en la primera fecha del Torneo Clausura, y de que se especulara con la posibilidad de que algunos clubes no vendieran entradas a los visitantes a raíz del limitado aforo del 40% que se habilita para la vuelta del público, desde la Mesa Ejecutiva se les aclaró que deben comercializar localidades para hinchas de los dos equipos en cuestión.
“Los clubes que oficien de locatario tienen obligación de poner a la venta, para la parcialidad del club visitante el aforo determinado para el partido, teniendo en cuenta la tribuna donde se ubicarán dichos espectadores”, aclara el comunicado. Se busca evitar lo que ocurrió el pasado sábado en el Goyenola, donde Cerro Largo determinó que los hinchas de Nacional ocuparan más del 40% de una tribuna. En cada sector no puede haber más de un 40%.
Se agrega que los locales “determinarán el aforo máximo de localidades que pondrán a la venta y/o canje” para sus socios, siempre respetando el aforo del 40% para cada tribuna habilitada, y se puntualiza que los dirigentes e invitados son considerados como parte del aforo, pero no los futbolistas, integrantes de cuerpo técnico, sanidad, árbitros y seguridad.
“Los clubes a través de su Oficial de Cumplimiento tendrán la responsabilidad de controlar sus respectivas parcialidades, a fin de dar efectivo cumplimiento a las medidas dispuestas en el protocolo sanitario, instrumentando las acciones para que los espectadores cumplan con el uso de tapaboca y respeten el distanciamiento físico entre los mismos”, concluye.